Establecida mediante Ley 10 del 22 de enero de 1998, publicada mediante Gaceta Oficial 23467.
Procedimiento mediante el cual los salarios, vacaciones, décimo tercer mes y cualquier otro derecho acumulado que tengan los servidores públicos que fallezcan sean entregados a sus familiares sin entrar en juicio de sucesión.
La ley 10 de 1998 posee solo 4 artículos. En ella dispone que los salarios y todas prestaciones derivadas del contrato de trabajo a los cuales el servidor público fallecido tuviere derecho, podrán ser exigidos por el interesado, sin necesidad de un juicio de sucesión, ante un juez de circuito competente y en el caso de que no hubiere en su circunscripción, será uno municipal. Se anula dentro de este procedimiento la cesión total o parcial del salario a terceras personas, mediante recibos de cobro o cualquier forma.